Súper
Mujeres
Solidarias
La Fundación VD
y Vanesa Duran
Joyas apoyarán y patrocinarán económicamente a Mujeres o Instituciones
Solidarias.
Inspírate en alguien que
desinteresadamente ayuda a tu comunidad. Esa Mujer o Institución que con el
ejemplo, constancia y voluntad, hacen de este planeta un lugar mejor. Esa
Institución, esa Mujer que te conmueve, te produce admiración y te contagia ese
sentimiento maravilloso de ayudar por ayudar.
Envianos la Historia y
el Proyecto de esta Mujer o Institución, su trabajo y el cómo contribuye con su
granito de arena para mejorar su comunidad y el por qué se merece que
colaboremos con asistencia y la entrega de hasta $20.000 (veinte mil pesos).
Plazos y fechas:
Presentación de Proyectos: 15 de marzo al 30 de abril
Evaluación y Elección de Proyectos: 1 de Mayo al 15 de Mayo Inclusive.
Comunicación del Proyecto Ganador en Página Web: A partir del 16 de
Mayo.

Bases y
Condiciones
- Para que el Proyecto pueda ser
evaluado y participar del presente concurso, los participantes deben
cumplir con las siguientes bases y condiciones. La participación en el
concurso determinará automáticamente la aceptación expresa y el
conocimiento de las presentes bases y condiciones por parte del participante.
Cualquier circunstancia y/o controversia no prevista en las presentes
bases y condiciones será resuelta por la Fundación VD, y
sus resoluciones serán inapelables.
- Podrán participar del concurso como
postulantes las personas de sexo femenino mayores de 18 años de edad y/o
las Organizaciones No Gubernamentales sin fines de lucro. No podrán
participar del concurso los directivos y/o empleados de la Fundación VD,
los directivos y/o dependientes de la firma “Vanesa Duran SA”.
- Los Proyectos deberán ser elevados a la Fundación VD (de
conformidad a las “Pautas para la presentación de un Proyecto” disponibles
en la Página Web
www.fundacionvd.com.ar;
o bien pueden solicitarse a
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, y deberán ser presentados hasta la fecha límite de presentación de
proyectos por escrito en sobre cerrado en el domicilio sito en calle
Miguel C. del Corro Nº 317 de la Ciudad de Córdoba (CP 5000), o bien por
vía e-mail a la dirección
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.
- Los Proyectos deberán estar enmarcados
dentro de los siguientes ejes de Acción de la Fundación VD:
Educación y Capacitación; Prevención; Desarrollo y Crecimiento Personal;
Salud y Solidaridad.
- Para el caso de que la postulante a
Beneficiaria del programa sea una Institución, la misma deberá poseer y
acreditar personería jurídica, de lo contrario y en caso de resultar
Beneficiaria todos los egresos monetarios del Proyecto serán facturados a
nombre de la
Fundación VD.
- La Persona o Institución postulante no
tiene que estar recibiendo, en ningún caso, otro tipo de subsidio o ayuda
de otra organización o Institución Gubernamental, de lo contrario el
Proyecto será rechazado.
- El Proyecto deberá ser presentado con
la correspondiente autorización y firma de la persona que desarrolla el
Proyecto, y de la
Comisión Directiva de la Institución o Persona
postulante al mismo, según corresponda.
- Una vez presentados los Proyectos en
las condiciones detalladas precedentemente y acreditados todos los
requisitos pertinentes, la
Fundación VD evaluará y elegirá, a su exclusivo criterio
y en un plazo de quince (15) días contados a partir de la fecha límite de
presentación de Proyectos, cuál será el Proyecto ganador, y en
consecuencia la Persona o Institución que resultará Beneficiaria de la
asistencia económica.
- A tales fines, dará a conocer en la Página Web (www.fundacionvd.com.ar)
las características generales del Proyecto ganador, el nombre de la
Persona o Institución que resulte Beneficiaria, y el monto total de
asistencia financiera a otorgar.
- El monto de la asistencia económica
que la Fundación VD
otorgará a la Persona o Institución que resulte Beneficiaria será de hasta
pesos veinte mil ($20.000). El derecho de quien resulte Beneficiario será
intransferible.
- En caso de que el monto de la
asistencia económica requerida por la Persona o Institución que resulte
Beneficiaria fuera inferior al mencionado precedentemente, la asistencia
económica se limitará al monto efectivamente requerido, o bien podrá
extenderse hasta completar la suma de pesos veinte mil ($20.000), a
exclusivo criterio de la
Fundación VD, y siempre que la Persona o Institución
Beneficiaria demuestre y acredite la aplicación de los fondos restantes a
actividades enmarcadas dentro del Proyecto ganador y/o dentro de los ejes
de acción de la
Fundación VD.
- La asistencia económica será entregada
parcial y progresivamente a la Persona o Institución que resulte
Beneficiaria mediante etapas, de acuerdo al reporte periódico de progreso
y presupuesto presentado con los comprobantes correspondientes, y
condicionada al cumplimiento de las sucesivas etapas del proyecto.
- A tales fines, el “Regional” del
sistema de ventas de la firma “Vanesa Duran SA” de la zona en donde se
implementará el proyecto actuará como fiscalizador del desarrollo del
mismo, y ante él deberán presentarse y acreditarse el avance de las etapas
de cumplimiento del Proyecto.
- La Fundación VD
se reserva el derecho unilateral de suspender y/o interrumpir la
asistencia económica a la Persona o Institución que resulte Beneficiaria,
en caso de comprobar la aplicación de los fondos por parte de ésta a fines
distintos a los del Proyecto, o en caso de incumplimiento imputable a ésta
de las etapas del Proyecto.
- La Fundación VD
se reserva asimismo el derecho de evaluar y controlar, a su sólo criterio,
el concepto del gasto, pudiendo denegar el egreso de fondos cuando lo considere
inapropiado o no se encuentre debidamente justificado en el presupuesto
inicial.
- Será un deber de la Persona o
Institución que resulte Beneficiaria realizar y enviar a la Fundación VD un
reporte mensual de evolución del Proyecto, detallando las actividades
realizadas y cada egreso de dinero, respaldado por los comprobantes
respectivos.
- Cuando las circunstancias lo
justifiquen, a exclusivo criterio de la Fundación VD, o
en caso de fuerza mayor o caso fortuito, la Fundación VD
podrá suspender o dar por finalizado este concurso, supuestos en los
cuales las Personas e Instituciones participante no tendrán derecho a
reclamo alguno por ningún concepto.
- Teniendo en cuenta que el presente
concurso persigue fines únicamente solidarios, las Personas e Instituciones
participantes se obligan expresamente a mantener indemne a la Fundación VD,
sus directores y/o dependientes de reclamos judiciales y/o extrajudiciales
de cualquier naturaleza.
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